Al atravesar las Puertas de la Misericordia podremos recibir la
gracia de la Indulgencia Jubilar, para nosotros mismos o para los fieles
difuntos. Y todos aquellos que se vean imposibilitados de llegar hasta la Puerta
Santa, los enfermos, ancianos y presos también podrán alcanzar esta
gracia de la indulgencia.
Les ofrecemos el Decreto del
Arzobispo de Córdoba para compartir con las comunidades.
CARLOS JOSÉ ÑÁÑEZ POR LA GRACIA DE DIOS Y DE LA SANTA SEDE APOSTÓLICA
ARZOBISPO DE CÓRDOBA EN LA REPÚBLICA ARGENTINA
VISTO la próxima celebración del año Jubilar Extraordinario de
la Misericordia que iniciará el 08 de diciembre de 2015, Solemnidad de la
Inmaculada Concepción de María y en el quincuagésimo aniversario de la
conclusión del Concilio Ecuménico Vaticano II;
CONSIDERANDO la solicitud pastoral del Santo Padre Francisco
que quiere proveer oportunamente los tesoros espirituales que se han de
conceder a los fieles para su santificación;
EN VIRTUD de la Bula Misericordiae Vultus, convocando el año
Jubilar, del 11 de abril del corriente año y la Carta al Presidente al
Presidente del Pontificio Consejo para la Promoción de la Nueva Evangelización
del 1º de septiembre del corriente año, ambas de su S. S. el Papa Francisco, en
dónde se conceden las gracias jubilares y la potestad que se me confiere;
POR LAS PRESENTES LETRAS
1. DETERMINO que el domingo III de Adviento, 13 de diciembre
de 2015, se abra la Puerta Santa de la Misericordia en la Iglesia Catedral de
Córdoba y, al mismo tiempo y en horarios convenientes, el Cura Párroco hago lo
mismo en cada Iglesia Parroquial, para que como Comunidad Arquidiocesana nos
comprometamos a vivir este Año Santo como un momento extraordinario de gracia y
renovación espiritual, siendo un signo visible de la comunión de toda la
Iglesia.
2. RECUERDO que los fieles al atravesar estas Puertas de la
Misericordia podrán recibir la gracia de la Indulgencia Jubilar, para sí mismos
como para los fieles difuntos, debidamente reconciliados mediante el sacramento
de la Penitencia, recibiendo la Sagrada Comunión, orando por las intenciones
del Sumo Pontífice, rezando devotamente el Padrenuestro y el Credo. La gracia
de la Indulgencia se puede recibir tantas veces cuanta se haga esta piadosa
visita, teniendo en cuenta la norma que solamente se puede obtener indulgencia
plenaria una sola vez al día.
3. PONGO EN EVIDENCIA que todos los que se vean
imposibilitados de llegar hasta la Puerta Santa, los enfermos y ancianos: allí
donde estén, les será de gran ayuda vivir la enfermedad y el sufrimiento como
experiencia de cercanía al Señor que en el misterio de su pasión, muerte y
resurrección, vía maestra para dar sentido al dolor y a la soledad. Será para
ellos el modo de obtener la indulgencia jubilar recibiendo la comunión o
participando en la santa Misa y en la oración comunitaria, también a través de
los diversos medios de comunicación. Los presos que experimentan la limitación
de su libertad y desean sinceramente integrarse de nuevo en la sociedad dando
su contribución honesta, podrán recibir la gracia de la Indulgencia en las
capillas de las cárceles, y cada vez que atraviesen la puerta de su celda,
dirigiendo su pensamiento y la oración al Padre, puede este gesto ser para
ellos el paso de la Puerta Santa, porque la misericordia de Dios, capaz de
convertir los corazones, es también capaz de convertir las rejas en experiencia
de libertad.
4. EXHORTO a todos los sacerdotes que ejercen el ministerio
sacerdotal en la Arquidiócesis que, a lo largo de este año Extraordinario de la
Misericordia, crezcan en generosidad y disponibilidad para estar junto a los
fieles y administrar el Sacramento de la Penitencia, como signo de la cercanía
misericordiosa del Padre.
5. COMUNÍQUESE a todo el Pueblo de Dios que peregrina en la
Arquidiócesis de Córdoba, publíquese en el Boletín oficial y archívese.
DADAS en la sede Arzobispal a
veintiún días del mes de Noviembre de dos mil quince, memoria de la
Presentación de la Santísima Virgen María.
+ Carlos José Ñáñez
ARZOBISPO DE CÓRDOBA
Silvio Roger Loto
SECRETARIO CANCILLER